DOPAJE La AMA apela en la Audiencia contra la absolución de Salas

 Tras la sentencia que anulaba la sanción a Ibai Salas por irregularidades en el pasaporte, el antidopaje recurre para salvar un instrumento clave.


El Juzgado Central de lo Contencioso-Administrativo número 7 de Madrid dictaminó que no se debía sancionar a Ibai Salas por sus irregularidades en el pasaporte biológico. La resolución, recurrible, la ha llevado a la Audiencia Nacional la Agencia Mundial Antidopaje (AMA) después de una ampliación en el plazo de apelaciones, porque Abogacía del Estado pidió un complemento de sentencia que finalmente se desestimó. AS confirmó la operación con las fuentes implicadas en el proceso.

La Agencia Antidopaje Española (AEPSAD) impuso cuatro años al exciclista en 2018, pero el Tribunal Administrativo del Deporte (TAD) anuló el castigo. Sin margen de maniobra, la AEPSAD pidió a la AMA que recurriera en la vía administrativa (el Tribunal de Arbitraje Deportivo -TAS-, en Suiza) y la ordinaria (los juzgados nacionales). El escrito del TAD vino a decir que el pasaporte no sirve como medio para pillar a los tramposos: “No es suficiente para determinar la comisión de una infracción”. Sin embargo, el TAS corroboró en agosto la suspensión a Salas, lo que significaba validar una herramienta clave en la lucha contra el dopaje.

Con esa decisión favorable, los jueces volvieron a soltar un sopapo al antidopaje al apoyar la versión del TAD: “La AMA pretende dotar al pasaporte biológico de un valor de prueba que vulneraría el derecho fundamental a la presunción de inocencia, que ha de regir en el procedimiento administrativo sancionador”. El pasaporte no serviría jamás en España con esa jurisprudencia. A la AMA no le quedó otra que apelar, mientras el país se encuentra en incumplimiento con su Código Mundial, ya que los tribunales declararon nula la efectividad del instrumento.

Al margen de los costes (alrededor de los 45.000 euros), a los abogados de la AMA no les gusta el terreno que pisan porque no confían en la justicia española desde la Operación Puerto y se establece un precedente al acudir a los tribunales ordinarios de una nación en concreto. No tomar este camino también supondría que un país que suscribe su Código se convertiría en un paraíso sin pasaporte biológico. España se expone a otra suspensión, como la que inhabilitó a la AEPSAD en 2016 por no adaptar la Ley. Una segunda penalización puede significar perderse competiciones internacionales, y en 2021 se celebran los Juegos.

Fuente:www.as.com

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